Concurso GiftCard envía dinero al extranjero pagando con Tarjeta Cencosud Scotiabank en CencoPay:

BASES DE CONCURSO

Concurso GiftCard envía dinero al extranjero pagando con Tarjeta Cencosud Scotiabank en CencoPay.

En Santiago de Chile, a 01 de octubre de 2025, Cencosud S.A., RUT N°93.834.000-5, con domicilio en Av. Kennedy 9001, Las Condes, en adelante el “Organizador”, ha organizado el siguiente concurso:

ARTÍCULO PRIMERO: Objeto

Con motivo de reconocer la preferencia de sus clientes, CencoPay realizará un concurso denominado “Concurso GiftCard envía dinero al extranjero pagando con Tarjeta Cencosud Scotiabank en CencoPay” en adelante, el “Concurso”, cuyos términos y condiciones se regulan en las presentes bases.

ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y Mecánica

2.1 Para participar, los usuarios deberán cumplir la siguiente mecánica:

  • Estar correctamente inscritos en la aplicación CencoPay.
  • Realizar un envío de dinero al extranjero a través de CencoPay durante el mes de octubre.
  • Pagar la remesa utilizando una tarjeta de crédito Cencosud Scotiabank.

2.2 Cada usuario que realice la mecánica indicada en el punto 2.1. entra automáticamente en el sorteo.

ARTÍCULO TERCERO: Premios

3.1 El premio en adelante el “Premio”, consiste en una (1) Gift Card formato digital de $50.000 la cual estará vigente para su uso hasta el 21 de junio de 2026.

3.2 Total de premios dos (2).

3.3 El concurso tendrá 2 ganadores.

3.4 El premio podrá ser utilizado en las tiendas de Paris, Easy, Jumbo, Santa Isabel y SPID según los Términos y Condiciones de cada marca. La determinación los ganadores está definida en el artículo 4.1.

3.5 El premio no es canjeable por dinero en efectivo ni válida para el pago de cuentas, contratación de seguros u otros servicios financieros.

3.6 No se permite el traspaso del premio a un tercero.

ARTÍCULO CUARTO: Sorteo y Entrega del Premio

4.1 Entre todos los participantes que hayan cumplido con la mecánica señalada en el artículo segundo, se efectuará el sorteo en una plataforma digital que selecciona los ganadores de forma aleatoria el día 04 de noviembre de 2025. Máximo a entregar 1 Gift Card por ganador.

4.2 El ganador será contactado hasta 10 días hábiles posteriores al término del concurso vía mail (registrado en CencoPay) para solicitar los datos requeridos para la nominación de la Giftcard (nombre completo y RUT) y coordinar la entrega del premio.

4.3 En caso de que el ganador no responda dentro del plazo de 20 días (corridos) contadas desde el primer intento de contacto se entenderá que renuncia irrevocablemente al premio y se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del Premio y declarará desierto el Concurso.

4.4 No se seleccionarán ganadores suplentes.

4.5 El Organizador se reserva el derecho de exigir la demostración de la identidad del ganador, previo a la entrega del Premio, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad, licencia de conducir o pasaporte vigente. Si ganador no pudiere acreditar indubitablemente su identidad al Organizador dentro de los 5 días siguientes al requerimiento se entenderá que el ganador no fue habido.

ARTÍCULO QUINTO: Duración y extensión territorial

5.1 La vigencia y validez del concurso será entre los días 01 de octubre desde las 00:00hrs al 31 de octubre del 2025 hasta las 23:59hrs.

5.2 El concurso será válido dentro del territorio de la República de Chile.

ARTÍCULO SEXTO: Restricciones

6.1 Solo podrán participar del Concurso personas capaces de conformidad a la legislación chilena.

6.2 Solo podrán participar del concurso personas debidamente inscritas en la aplicación CencoPay.

6.3 El ganador no podrá exigir su Premio en dinero.

6.4 Todo gasto en que incurra el ganador del Premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega es de su cargo.

6.5 El Organizador, más allá de las obligaciones legales de garantía, no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto, daño físico, desgaste o desperfecto ocurrido al Premio con posterioridad a su respectiva entrega.

6.6 Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar los Premios que reciban al uso goce y destino que naturalmente le correspondan, especialmente si su entidad detalla condiciones especiales de uso, aplicación o destino.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Exclusiones

Quedan excluidos de participar del concurso:

7.1 Accionistas o socios que tengan participación igual o superior al diez por ciento (10%) del capital social, directores, administradores, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo Cencosud; y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del Concurso, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el Concurso.

7.2 El Notario Público de Santiago, don Juan Facuse, todo el personal de su Notaría y quien lo supla en caso de su ausencia

7.3 Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo y/o ejecución del presente Concurso.

ARTÍCULO OCTAVO: Disposiciones Finales

8.1 El Organizador podrá modificar las presentes bases siempre que no se altere la esencia del concurso, informando oportunamente a través de sus canales oficiales.

8.2 El Organizador se reserva el derecho de descalificar a participantes que incurran en conductas fraudulentas o contrarias a las presentes bases.

8.3 El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el concurso incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos.

Francisca Villarroel

Digital Product Manager

Cencosud