Legal Concurso Haz tus compras Navideñas con Saldo y Gana un Iphone 17 Pro:

BASES DE CONCURSO

“Concurso Haz tus compras Navideñas con Saldo y Gana un Iphone 17 Pro”

En Santiago de Chile, a 04 de diciembre de 2025, Cencosud S.A., RUT N°93.834.000-5, con domicilio en Av. Kennedy 9001, Las Condes, en adelante el “Organizador”, ha organizado el siguiente concurso:

ARTÍCULO PRIMERO: Objeto

Con motivo de reconocer a sus clientes, Cencopay realizará un concurso denominado “Haz tus compras Navideñas con Saldo CencoPay y Gana un Iphone 17 Pro”, entre las 00:00 horas (Chile) del 12 de diciembre y hasta las 23:59 horas (Chile) del 25 de diciembre 2025, cuyos términos y condiciones se regulan en las presentes bases.

ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y Mecánica

2.1 Para participar, los clientes, deberán cumplir la siguiente mecánica:

A. Estar correctamente inscritos en la aplicación CencoPay

B. Realizar al menos una compra, por un monto mínimo de $50.000.- (cincuenta mil pesos), y cuyo pago sea realizado con Saldo CencoPay, que es el dinero que el participante carga a su cuenta CencoPay mediante transferencia bancaria.

C. Las compras pueden efectuarse de forma presencial en tiendas Jumbo, Santa Isabel, Spid, Paris, Easy, Umbrale, Women´Secret y American Eagle

D. Compras online, ya sea a través de la App o la página web, en tiendas Jumbo, Santa Isabel, Paris y/o Easy (excluye compras online Spid, Umbrale, Women´Secret y American Eagle).

2.2 Cada usuario que realice la mecánica indicada en el punto 2.1. entra automáticamente en el sorteo. Cada compra presenta una oportunidad de participar en el sorteo.

2.3 No existe límite en la cantidad de compras que el participante pueda efectuar. A mayor número de compras, mayores oportunidades de ganar.

ARTÍCULO TERCERO: Premios

Los premios, en adelante los “Premios”, consisten en 2 iPhone 17 Pro 256GB, uno para cada ganador del concurso

ARTÍCULO CUARTO: Sorteo y Entrega del Premio

4.1 El sorteo se realizará el día 26 de diciembre a las 11:00 hrs. Entre todos los participantes que hayan cumplido con la mecánica señalada en el artículo segundo en donde serán sorteados 2 ganadores titulares y 2 ganadores suplentes para el caso que no puedan ser contactados los titulares, a través de una plataforma digital que selecciona los ganadores de forma aleatoria. El sorteo será realizará en las oficinas de la agencia de marketing del Organizador, “AGENCIA DE PUBLICIDAD BEROIZA Y BERNACCHIA LIMITADA”, ubicado en Ramón Carnicer N°51 y 65, oficina 17, Providencia, Santiago de Chile, ante un representante de la Agencia y otro de Cencosud.

4.2 Los ganadores serán contactado vía correo electrónico (registrado en CencoPay), dentro de los 10 días hábiles posteriores al sorteo.

4.3 Si notificado al ganador titular y este no respondiere o no puede ser contactado dentro de los 10 días hábiles siguientes al sorteo, CencoPay, o no reclamare su premio, se entenderá que renuncia irrevocablemente al mismo y se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del Premio, eximiéndose de toda responsabilidad legal por este hecho, y se procederá a contactar al ganador suplente, quien seguirá el mismo proceso de notificación y plazo para reclamar su premio.

 

4.4 Los ganadores, deberán retirar su premio en las oficinas de la Agencia de Publicidad BEROIZA Y BERNACCHIA, ubicadas en calle Ramón Carnicer N°65, oficina 17, Providencia, los días martes o jueves entre las 9:00 y 18:00 horas. El plazo máximo para el retiro será de 10 días hábiles desde la notificación del ganador.

4.5 Si por cualquier causa el respectivo ganador no pudiere recibir personalmente su premio, éste podrá encargar la recepción a una tercera persona, a través de un poder o mandato otorgado por escrito y autorizado ante Notario. El mandatario o apoderado deberá hacer exhibición del documento que acredita su calidad, junto con una fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del ganador del Premio; el premio no será reembolsable bajo ninguna clausula. En caso contrario de no poder encargar a un tercero, podrá solicitarlo vía correo electrónico.

ARTÍCULO QUINTO: Entrega del Premio.-

5.1 El Premio será entregado, previa confirmación fidedigna por parte del Organizador de los datos del respectivo posible ganador y el cabal cumplimiento de las presentes bases. El Organizador se reserva el derecho de exigir la demostración de la identidad del ganador, previo a la entrega del Premio, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad, licencia de conducir o pasaporte vigentes. El ganador que no pudiere acreditar indubitablemente su identidad al Organizador deberá acreditarla a través del medio alternativo que el Organizador le indique; en caso de aún no poder acreditarla, se entenderá que el ganador no fue habido;

5.2 Para lo anterior, una vez realizado el sorteo, el ganador será contactado de manera directa a través del correo electrónico registrado en CencoPay, en donde se le solicitarán los datos necesarios para gestionar la entrega de su premio.

5.3 Si por cualquier causa el respectivo ganador no pudiere recibir personalmente su premio, éste podrá encargar la recepción a una tercera persona, mayor de edad a través de un poder simple. El tercero deberá hacer exhibición del documento que acredita su calidad de mandante, junto con el poder simple y una fotocopia simple de la cédula nacional de identidad o pasaporte extranjero del ganador del Premio;

5.4 El ganador que no respondiera dentro del plazo señalado en artículo 4.5 o que no reclamase su premio en ese mismo plazo, perderán todo derecho a reclamar posteriormente el respectivo Premio, eximiéndose de toda responsabilidad legal por este hecho.

 

ARTÍCULO QUINTO: Duración y extensión territorial

5.1 Período de Vigencia:

El concurso estará vigente desde el 12 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas (Chile) y hasta el 25 de diciembre 2025 a las 23:59 horas (Chile).

Sin embargo, el inicio del período de vigencia será contingente a la cuenta de TikTok @cencopay.cl y se determinará bajo las siguientes condiciones:

Opción A (Inicio Anticipado): El concurso comenzará inmediatamente una vez que la cuenta @cencopay.cl alcance los 2000 seguidores en TikTok, siempre que este hito se cumpla a partir del 05 de diciembre de 2025 a las 11:00 horas.

Opción B (Inicio Garantizado): Si no se alcanzan los 2000 seguidores en la fecha indicada anteriormente, el concurso iniciará automáticamente el 12 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas (Chile), siendo esta la fecha de inicio límite.

5.2 El concurso será válido dentro del territorio de la República de Chile.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones

7.1 Solo podrán participar del Concurso personas capaces de conformidad a la legislación chilena. Si algún menor de edad participase en el concurso y resultase ganador del Premio, éste deberá proceder con su representante legal para hacer efectivo el uso del mismo.

 

7.2 El ganador no podrá exigir su Premio en dinero.

 

7.3 Todo gasto en que incurra el ganador del Premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega es de su cargo.

 

7.4 El Organizador, más allá de las obligaciones legales de garantía, no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto, daño físico, desgaste o desperfecto ocurrido al Premio con posterioridad a su respectiva entrega;

 

7.5 Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y/o destinar los Premios que reciban al uso goce y destino que naturalmente le correspondan, especialmente si su entidad y/o envoltura detalla condiciones especiales de uso, aplicación o destino.

 

7.6 El Organizador no se responsabiliza por daños a terceros derivados de la manipulación y/o uso que se realice de los Premios.

 

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones

8.1 Quedan excluidos de participar del concurso: Accionistas o socios que tengan participación igual o superior al diez por ciento (10%) del capital social, directores, administradores, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo Cencosud; y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del Concurso, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el Concurso.

 

8.2 Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo y/o ejecución del presente Concurso.

 

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.- Quedan excluidos de participar de la Promoción:

8.1 Accionistas o socios que tengan participación igual o superior al diez por ciento (10%) del capital social, directores, administradores, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo Cencosud; [el personal de sala de los establecimientos comerciales en que se desarrolla materialmente la Promoción] y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores de la Promoción, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar la Promoción;

8.2 El Notario Público de Santiago, don Juan Facuse Heresi, todo el personal de su Notaría y quien lo supla en caso de su ausencia.

8.3 Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo y/o ejecución de la presente Promoción.

ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones Finales.-

9.1 Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales de la Promoción, el Organizador podrá modificar su duración, lugar y fechas del sorteo, Premios y demás características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases;

9.2 Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la Promoción, incluyendo, pero no

limitando a falsificación o adulteración de datos.

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento será protocolizado en la Notaría de Macul de don Juan Facuse Heresi y disponibles para su consulta en https://cencopay.cl/bases-de-concurso/

 

Eileen Dooner

Head of Marketing

Cencosud