BASES LEGALES PROMOCIÓN
“Cashback Prime CencoPay”

En Santiago de Chile, a 29 de julio de 2026, CENCOSUD S.A., RUT N° 93.834.000-5, con domicilio en Av. Kennedy N°9001, piso 6°, comuna de Las Condes, Santiago, en adelante “Cencosud” o el “Organizador”, ha organizado la siguiente promoción:

 Objeto

Con motivo de lograr un aumento en las suscripciones “Prime” y mayor venta con saldo de clientes “Cencopay”, el Organizador realizará una promoción denominada “Cashback Prime CencoPay”, en adelante la “Promoción” conforme a las condiciones establecidas en las presentes bases legales en adelante las “Bases”.

  1. Vigencia y territorio

La Promoción estará vigente desde las 00:00 horas del día 01 de agosto de 2026 y hasta las 23:59 horas del día  31 de agosto de 2026, ambas fechas inclusive, o hasta agotar la disponibilidad de beneficios, lo que ocurra primero. No se admitirán participaciones fuera de dicho período, aun cuando exista material publicitario visible con posterioridad.

La Promoción será válida en todo el territorio de la República de Chile.

  1. Participantes

Podrán participar en la Promoción personas naturales, mayores de 18 años, residentes en la República de Chile, que sean clientes CencoPay y cumplan con la mecánica que se describe a continuación.

  1. Mecánica de la Promoción

Para acceder al beneficio, el cliente debe suscribirse a Jumbo Prime, ingresando y pagando su membresía en la URL exclusiva durante el periodo de campaña: https://jumboprime.cl/?token=cencopay, y dirigirse al banner de la app de CencoPay para inscribirse al cashback.

  1. Beneficio

 El beneficio asociado a una correcta participación en la Promoción consiste en 15% de “cashback” aplicable a compras con Saldo CencoPay sobre $30.000 (treinta mil pesos chilenos), con un tope de $15.000 (quince mil pesos chilenos) hasta agotar el pozo de cashback[1] en adelante el “Beneficio”.

Condiciones del Beneficio:

  1. El Beneficio no es acumulable con otras promociones, descuentos o beneficios vigentes, salvo que expresamente se indique;
  2. El Beneficio no es canjeable por dinero en efectivo ni por otros productos o servicios que los expresamente indicados.
  3. La suscripción de Jumbo Prime de esta campaña y beneficio no incluye los 15 días de prueba gratuita.
  4. Aplican el resto de condiciones del cashback del 10%: (cencopay.cl/bases-de-concurso/saldo-cashback/, a este beneficio y campaña.
  1. Restricciones
  1. Solo pueden participar personas naturales mayores de 18 años, residentes en Chile que cumplan con la mecánica de participación indicada en las presentes Bases, y que no se encuentren comprendidos en alguna de las causales de exclusión referidas a continuación;
  2. Únicamente se entregará el Beneficio en la forma establecida en estas bases.
  3. Todo gasto en que incurra el cliente con ocasión y/o con posterioridad al uso de la Promoción es de su cargo;
  1. Cláusula de Integridad y Uso Legítimo del Beneficio

 El participante declara que, al participar de la presente Promoción se compromete a que, si obtiene el beneficio, lo hará de manera personal, voluntaria y en conformidad con las bases del mismo.

Asimismo, el participante declara que su participación no tiene por objeto obtener, directa o indirectamente, un beneficio indebido ni facilitar conductas contrarias a la ley. El beneficio otorgado en virtud del presente instrumento constituye exclusivamente un beneficio promocional, no implicando contraprestación alguna ni generando obligación de realizar gestiones o actuaciones en favor de Cencosud.

Cencosud  podrá dejar sin efecto la entrega del premio, o exigir su restitución, en caso de verificarse que el participante ha proporcionado información falsa, ha actuado mediante suplantación de identidad, fraude u otra conducta contraria a la ley o a las Bases de la Promoción.

 Caso fortuito o fuerza mayor

 Para todos los efectos aplicables a estas Bases se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel acontecimiento imprevisto al cual no es posible resistir, conforme al artículo 45 del Código Civil.

Si por un caso fortuito o fuerza mayor (o por hechos no imputables al Organizador que hagan imposible o extremadamente dificultosa la ejecución de la Promoción en los términos originalmente previstos), el Organizador no pudiere desarrollar, continuar o finalizar la Promoción, podrá adoptar, según corresponda, una o más de las siguientes medidas:

  1. Suspender temporalmente la Promoción hasta el cese del caso fortuito o fuerza mayor;
  2. Modificar fechas de vigencia, o entrega de beneficios;
  3. Implementar medidas razonables para resguardar la integridad de la Promoción; o
  4. Si el caso fortuito, fuerza mayor o impedimento es de tal magnitud que no pueda ser solucionado o retomarse las actividades en forma adecuada o segura para los participantes, dar término anticipado a la Promoción informando de la decisión y sus efectos a través de los canales pertinentes.

 En caso de proceder alguna de las medidas antes indicadas, el Organizador procurará adoptarlas en resguardo de los derechos ya devengados para los participantes y ganadores válidamente sorteados e identificados. En caso de imposibilidad de entregar el premio ofrecido por causas no imputables al Organizador, éste podrá gestionar su entrega diferida o, cuando corresponda y sea necesario, ofrecer una prestación equivalente o alternativa de similar valor y características, en línea con la normativa aplicable.

El Organizador no será responsable por retrasos o imposibilidades de cumplimiento derivados directamente de fuerza mayor o caso fortuito, sin perjuicio de las obligaciones que le imponga la normativa vigente y de los resguardos indicados en esta cláusula.

  1. Disposiciones Finales
  1. Conocimiento de las Bases: La participación en la Promoción implica la aceptación inequívoca de estas Bases, las cuales los participantes declaran haber leído y aceptado en todos sus términos en forma previa a su participación.
  1. Información de la Promoción: Las presentes Bases contienen toda la información relativa a la vigencia, stock de beneficios y mecánica de la Promoción.  
  1. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales de la Promoción, el Organizador podrá modificar su duración, lugar y fechas de la Promoción, el Beneficio y demás características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases, y no afectarán los derechos de los participantes que hayan cumplido con los requisitos de participación con anterioridad a la modificación.
  1. Responsabilidad: El Organizador será responsable únicamente por el cumplimiento de la entrega de los premios en los términos ofrecidos. No será responsable por: (i) fallas técnicas en las plataformas de participación provocadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado; (ii) errores en los datos proporcionados por los participantes; o (iii) daños derivados del uso indebido del premio por parte de los ganadores.
  1. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la ejecución de la Promoción, incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos.
  1. Jurisdicción: Cualquier controversia será sometida a los Juzgados de Policía Local competentes de acuerdo con el domicilio del participante, del ganador o del Organizador, a elección del primero, conforme al artículo 50 H de la Ley N° 19.496.

 PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES:

Las presentes Bases estarán disponibles para su consulta íntegra y gratuita durante toda la vigencia de la Promoción en https://cencopay.cl/bases-de-concurso/. No habrá versiones impresas ni atención presencial para la consulta de estas Bases; cualquier consulta o solicitud vinculada a la Promoción deberá canalizarse a través de los canales de contacto oficiales publicados en los sitios webs señalados.

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Gaston Hidalgo

Gerente Cencopay Y Fraude

[1] El pozo del cashback de 10% con tope $10.000, es un pozo de hasta $20.000.000 mensual a repartir en cashback por compras en Jumbo y Santa Isabel, y hasta $5.000.000 mensual a repartir en cashback por compras en Easy, Paris, y exclusivo presencial en American Eagle, Woman’s Secret, Umbrale. Una vez se acabe ese pozo también se agota el beneficio de cashback Jumbo Prime al que se refiere la presente promoción.